El delito de acceso carnal con menor de 14 años es tal vez el delito más rechazado y censurado por la sociedad colombiana.
La indignación generada por este tipo de conductas lleva a las personas a solicitar las más altas penas y castigos para los perpetradores de tan infame conducta, y esto ha hecho eco en nuestra legislación con lo que ha llevado a que en la Cámara se radique un nuevo proyecto contra este antijurídico.
Los intentos del legislador por agravar las penas para violadores, quitar todo tipo de beneficios para los procesados por esto y la celeridad que se aplica cuando existe un indiciado por este delito, ha sido ardua y siempre buscan la manera que se logre eliminar en su totalidad esta conducta de la sociedad, y ahora en impulso por el lamentable y repugnado caso de la pequeña Yuliana Samboní, en la que se envió a la cárcel a Rafael Uribe Noguera, se comenzó a idear nuevos métodos para lograr erradicar dicho acto delictual.
Es por esto, que en razón a la búsqueda de soluciones, en la Cámara de Representantes se radicó este martes un proyecto de ley que pretende implementar sanciones más drásticas en contra de los criminales que perpetran accesos carnales o abusos sexuales, lo que abrió el debate de establecer como castigo para los culpables la castración química.
Este procedimiento realiza una aplicación de ciertas hormonas y medicamentos específicos para reducir el libido y la actividad sexual de la persona, teniendo un efecto de reducción drástica de los niveles de testosterona, logrando desinhibir los pensamientos de índole sexual casi de manera total en el sujeto.
Este procedimiento se encuentra sustentado en la hipótesis que se genera por el estudio de Kreuz y Rose, en 1972 donde experimentaron con 21 delincuentes en cárceles y se logró determinar una tendencia de aumento en la agresividad, directamente proporcional con el aumento de la testosterona, es decir, que a mayor grado de testosterona existía en el sujeto, mayor era el impulso de agresividad que este tenía.
Álvaro Hernán Prada, quien es el autor del proyecto, argumentó como objetivo principal de la medida que al momento en que el sentenciado termine de purgar la pena de prisión impuesta, se tiene que someter de manera obligatoria al tratamiento de castración química por el mismo termino en que se sometió a la cárcel.
La discusión sobre el proyecto comenzará en marzo de 2018 cuando comience de nuevo el turno laboral de la legislatura, hasta entonces tendremos que esperar para saber si a los violadores, abusadores, pedófilos y demás, se les impondrá el castigo que conlleve la castración química.