Dentro del trámite de revocatoria planteado en contra el mandatario bogotano, Enrique Peñalosa, la Corte Constitucional expidió un fallo a favor del Alcalde, aduciendo que hubo una vulneración a sus derechos del debido proceso y a la defensa.

La tutela fue interpuesta por el mismo Peñalosa exigiendo la protección de sus derechos fundamentales a la defensa, debido proceso y libertad para ser escogido, los cuales según él, le han sido vulnerados dentro del proceso de revocatoria planteado en Bogotá por no existir la oportunidad para él exponer su derecho a la contradicción.

Dentro de los argumentos de la Corte, se planteó que la Registraduría Nacional del Estado Civil vulneró los derechos del mandatario al haber permitido el proceder de tres iniciativas diferentes de revocatoria, sin que se plantearan los incumplimientos de la administración de Peñalosa de forma objetiva y concisa.

Según el alto tribunal, esta situación vulnera la defensa del mandatario en razón a que no existe lugar para el análisis del incumplimiento aducido, por lo que no se puede determinar si en realidad el plan de gobierno planteado para la gestión de Enrique estaba siendo llevado a cabo.

La Corte advierte además que dicho proceso de revocatoria no puede ser un instrumento para el desconocimiento de la escogencia democrática del mandatario, sino que debe tener justificación y fundamento en las razones objetivas que dejen vislumbrar la falla en el plan de gobierno, o en la administración y gestión del mandatario.

Entre los argumentos también se plantea como justificación la “insatisfacción general de la ciudadanía”, que según los magistrados, no ha sido demostrada a través de los elementos y medios con los que se ha desarrollado la revocatoria contra el Alcalde Mayor de Bogotá.

Ahora el deber de la Registraduría está en convocar audiencia pública antes que se realicen las votaciones para determinar si se revoca o no el mandato de Enrique Peñalosa, advirtiendo que estas medidas se deben tomar para todos los procesos de revocatoria que se planteen en el futuro.

“Omitió su deber constitucional de dar eficacia a los derechos de información y de defensa”, explica el alto tribunal sobre las acciones de la Registraduría, que ahora deberá llevar a cabo el proceso formal en aras de respetar los derechos fundamentales del mandatario. Fuente consultada: Fallo Corte Constitucional.

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